El Área de Sanidad dispone de un servicio de vigilancia y control de la normativa que regula la tenencia de animales. Atiende las quejas o denuncias de particulares, informa a los propietarios de los animales de sus derechos y obligaciones y levanta actas de infracción a aquellos conductores de animales que incumplan la normativa.
Censo Canino Municipal
Los poseedores de perros deberán censarlos e identificarlos en el Ayuntamiento donde residan habitualmente en el plazo de un mes desde el nacimiento o la adquisición del animal. La identificación se efectuará mediante la implantación de un microchip en la parte lateral izquierda del cuello del perro. Asimismo, deberán comunicar al Ayuntamiento cualquier variación de los datos identificativos del animal.
Servicio de Recogida de Animales Abandonados
El Ayuntamiento, a través de un convenio con una empresa especializada, dispone de un servicio de recogida de animales abandonados.
Animales potencialmente peligrosos
De acuerdo a la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, la tenencia de animales clasificados como potencialmente peligrosos requiere la previa obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante.
- Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos
En cada municipio existe un registro de animales potencialmente peligrosos en el que figuran, entre otros, los datos personales del tenedor y las características del animal. Incumbe al titular de la licencia la obligación de solicitar la inscripción en el Registro Municipal. Deberá comunicarse al Registro Municipal la venta, traspaso, robo, muerte o pérdida del animal, así como su traslado a otra Comunidad Autónoma, ya sea con carácter permanente o por un periodo superior a tres meses.